ruidos en propiedad horizontal

Ruidos Molestos en Propiedad Horizontal ¿Cómo solucionarlo?

Los ruidos en propiedad horizontal representan entre otros, uno de los conflictos de convivencia más comunes dentro de los PH.  Estos ruidos molestos pueden ser generados o provocados por música o vibraciones; así como también, por posibles inmisiones producto de ejercicios o actividades poco usuales dentro de las unidades de vivienda que no deben exceder los límites de la considerada tolerancia establecida dentro de los PH.

¿Qué se entiende por ruidos molestos en propiedad horizontal?

Se entiende por ruidos molestos en propiedad horizontal todo aquel sonido que perturbe la tranquilidad y el descanso de los propietarios y ocupantes del PH, que no esté contemplado dentro de la normal tolerancia establecida tanto en el Régimen de Propiedad Horizontal como en el Reglamento de Copropiedad. 

Todo esto va a depender de la cantidad de decibeles y la forma reiterada de hacerlo a la que son sometidos sus ocupantes, pues éstos pueden ocasionar daños a la salud generando una situación de angustia y nerviosismo que altere y comprometa el bienestar general de los demás residentes.

ruidos en propiedad horizontal
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¿Cómo solucionar un problema por ruido en propiedad horizontal?

Existen diversas herramientas para dirimir un conflicto por ruidos molestos dentro de un PH. En tal sentido, lo primero a considerar y revisar son las molestias o ruidos excesivos que sobrepasen el promedio permitido dentro de una propiedad horizontal, o en su defecto, valorar si estamos ante una susceptibilidad desbordada de un propietario poco tolerante.

La evaluación en estos casos debe ser muy objetiva en cuanto a lo que se aprecia como un exceso de ruido y la tolerancia normal admitida. Esto en la mayoría de los casos es lo más difícil, ya que varía en cada situación; también es importante tomar en cuenta la ubicación de las unidades inmobiliarias involucradas en el conflicto por ruidos molestos, así como la zona del PH donde se hallan localizadas.

¿Y si el ruido es nocturno? – Esto dice la Ley

Para manejar este delicado tema de los ruidos molestos en propiedad horizontal en Panamá, el Administrador tiene a su alcance algunas herramientas para la solución de esta diatriba de convivencia, pudiendo apoyarse en:

  • El Reglamento de Copropiedad del PH.
  • El Comité de Convivencia establecido dentro del Reglamento.
  • El proceso para sancionar descrito en el Reglamento.
  • Las autoridades públicas en caso de que se ameriten.

En tal sentido, se debe comenzar en primera instancia por un diálogo entre las partes utilizando un lenguaje apropiado;  posteriormente la conciliación con imparcialidad. Si esto u otras maneras diplomáticas no funcionan, el próximo paso será llamar a un abogado  idóneo especialista en leyes de propiedad horizontal para iniciar una mediación o una acción judicial.  

La Ley 284 de febrero de 2022  es muy específica en cuanto a los principios rectores del Régimen de Propiedad Horizontal. Por lo antes mencionado, el Artículo 2 contempla lo siguiente:

  1. Sustentabilidad y función Social: Que señala que todo Reglamento que rija un PH debe respetar la función social y ecológica del mismo ajustándose a la normativa urbana que esté en vigencia, incluyendo: el respeto a los espacios públicos, ambientes sanos y libres de contaminación (ruidos molestos).
  2. Convivencia pacífica y solidaridad social: Que insta al PH a mantener relaciones pacíficas entre los propietarios y habitantes, incluido en sus reglamentos y sustentados en la cooperación y solidaridad (sana convivencia).
  3. Respeto a la dignidad humana: Hacer valer los derechos de los propietarios y habitantes, así como cumplir con los deberes que señale la ley y sus reglamentos. (Espacios libres de ruidos molestos).

Cabe destacar que existen también regulaciones municipales para actividades comerciales, recreativas, familiares o de cualquier otro índole, que generen ruidos emitidos por equipos de sonido y audio cuya emisión afecta y perturba la salud e impide el descanso dentro de las unidades de vivienda de los PH.

Estas regulaciones están contenidas dentro de ciertos horarios y los decibeles (Volumen) a utilizar, quedando de la siguiente manera:

  • Lunes a Jueves: 10:00am a 9:00pm
  • Viernes y sábado: 10:00am a 12:00pm
  • Domingos: 10:00am a 10:00pm

Se establece también la regulación del volumen entre 30 y 35 decibeles ¡Cualquier infracción al respecto será sancionada con multa!.

¿Necesitas asesoría legal?

Si este es su caso y necesita asesoría legal, PH Consulting pone a su disposición profesionales idóneos con amplios conocimientos y experiencia en el Régimen de Propiedad Horizontal. Estamos dispuestos a ayudarle en cualquier asesoría o resolución de conflictos en esta materia ¡Contáctenos!.   

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