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Comité de apoyo de propiedad horizontal ¿Qué es y cómo puede ayudarte?

El Comité de Apoyo en Propiedad Horizontal es una delegación nombrada por la Junta Directiva de un PH para que colabore con la gestión del Administrador cumpliendo con ciertas funciones, especialmente con el manejo de conflictos sirviendo inclusive como mediador en las negociaciones o acuerdos entre los propietarios. Sus miembros deben estar comprometidos y disponibles cuando la situación o circunstancia requieran de su presencia.

En el Título I (Disposiciones Generales) artículo 6, numeral 13 de la Ley 284 de 2022,  se define el concepto de Comité de Apoyo de la siguiente manera: Propietario o propietarios designados por la Junta Directiva que informa y responde directamente a ésta, con el objeto de colaborar en una tarea definida dentro de la propiedad horizontal. La Junta Directiva establecerá las funciones y la vigencia de este comité.

¿Qué es un Comité de Apoyo en Propiedad Horizontal?

Sin duda alguna, la responsabilidad del buen funcionamiento y mantenimiento de un PH se centra solo en un pequeño grupo de propietarios que conforman la Junta Directiva, y ante la carga de tareas, algunos se ven obligados a renunciar producto del desgaste que esto genera. 

Por esta razón, se hace necesaria la conformación de un Comité de Apoyo que contribuya a que el trabajo de la Junta Directiva sea más placentero, aportando nuevas ideas y dividiendo las responsabilidades. Todo esto se encuentra contemplado en Título 7 de la Administración de la Propiedad Horizontal, Capítulo IX,  artículo 98, donde decreta que se le  permitirá  la creación de Comités para simplificar su administración y contribuir a coordinar las necesidades internas de los mismos. 

Funciones del Comité de Apoyo en Propiedad Horizontal

Entre las funciones establecidas en el artículo 101,  Capítulo IX de la Ley 284,  se establecen las funciones de los Comités, entre las cuales podríamos mencionar las siguientes:

  • Elaborar el Reglamento de Uso para el mantenimiento y mejor aprovechamiento de los bienes y áreas comunes, que se ajusten a las funciones establecidas en el Reglamento de Copropiedad.
  • Comprobar que el Administrador cumpla con los acuerdos relacionados con el Comité de Apoyo.
  • Estar atento a que los temas de interés interno del PH sean tratados en las reuniones de la Asamblea de Propietarios, ya sean ordinarias o extraordinarias.
  • Solicitar la intervención de la Junta Directiva ante las autoridades competentes para la resolución de cualquier conflicto.
  • Revisar periódicamente las cuentas, presupuestos e informes realizados por el Administrador.
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Regulaciones del comité de apoyo en Propiedad Horizontal en Panamá

Las regulaciones de este Comité de Apoyo están sujetas al Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT), a través de la Dirección de Propiedad Horizontal. En tal sentido, la misma tendrá conocimiento de todos los trámites que involucren el funcionamiento interno de los PH; revisando y aprobando el Reglamento de Copropiedad. 

Este comité también servirá de instancia de orientación y conciliación ante los conflictos internos que puedan presentarse en la Propiedad Horizontal; así como conocer y resolver quejas en relación a las decisiones de la Asamblea de Propietarios, la Junta Directiva o el Administrador, con el fin de hacer cumplir esta ley, su reglamentación y el Reglamento de Copropiedad con una decisión vinculante, de acuerdo al Título 8, artículo 108 de la Ley 284.

¿Cómo crear un comité de apoyo en Propiedad horizontal?

 La Ley 284, Capítulo IX, en sus artículos 98 y 99 establece que:

  • La creación de los Comités así como la elección de sus miembros estará a cargo de la Asamblea de Propietarios. 
  • El número de integrantes de dicho Comité y la vigencia del mismo, estará determinada en el Reglamento de Copropiedad.
  • Debe estar conformado como mínimo por un coordinador y un secretario a efectos de convocar y sesionar e incluso nombrar un Sub Administrador de ser necesario, que deberá responder al Administrador principal.
  • Estos Comités deben rendir cuentas ante la Asamblea de Propietarios y la Junta Directiva.

Por otra parte, en el Artículo 100, es señalado que la Junta Directiva debe estar integrada por cada uno de los comités de componentes, con la finalidad de que todos los usos estén representados.

¿Cuándo es necesario llamar a un abogado especializado en PH?

La asesoría de un abogado idóneo es indispensable tanto para la creación de los distintos comités de componente como para el resto de las gestiones legales vinculadas a la propiedad horizontal. Si necesitas crear un Comité de Apoyo en tu PH, la mejor asesoría legal la encontrarás en PH Consulting LS, una firma dedicada a las propiedades horizontales en Panamá con profesionales expertos para asesorarte en esta materia ¡Comunícate con nosotros!.

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