Se acerca fin de año y por tradición hay muchas propiedades horizontales que realizan sus Asambleas de Propietarios en esta fecha o inicio del año, normalmente nos llegan consultas como, ¿qué es una asamblea de propietarios?, ¿Qué se debe tratar en una asamblea?, es por eso que en este artículo les quiero responder algunas de las interrogantes más frecuentes. Según la Ley, las Asambleas de Propietarios de una propiedad horizontal, es tal cual se desprende del término una reunión de propietarios de las unidades inmobiliarias de dicha P.H.
Ahora bien, también es para todos conocidos que la Asamblea de Propietarios una vez constituida se convierte en el máximo organismo de gobierno dentro del Régimen de Propiedad Horizontal. Quiero hacer mucho énfasis en la condición previa de constitución para que sea ese organismo, sin los quorum necesarios que establece la Ley son solo reuniones de vecinos sin facultades para tomar decisiones, por lo tanto, es recomendable que las Juntas Directivas y Administradores de propiedad horizontal conozcan los quorum necesarios para constituir la Asamblea de Propietarios.
Estas Asambleas de Propietarios se realizan para tratar temas de la propiedad horizontal tales como su administración y mantenimiento de los bienes comunes de la propiedad horizontal, no así para lo que en la práctica se da que es la monopolización de las asambleas en temas personales entre vecinos o en contra de los miembros de la Junta Directiva o Administrador y no falta el propietario que quiera tratar de resolver situaciones propias de su unidad inmobiliaria en las Asambleas de propietarios. Es por lo previamente señalado que exhortamos a los miembros de la Junta Directiva a que manejen este concepto para poder presidir las Asambleas de Propietarios y cumplir con el verdadero objetivo de las mismas “tratar temas de la propiedad horizontal”, ya que de seguro hemos tenido la oportunidad de escuchar a propietarios excusando su inasistencia a las Asambleas de Propietarios “porque lo que se la pasan un minúsculo grupo de vecinos es discutiendo por horas y no se toman decisiones”, eso me hace llegar a la conclusión que realmente los vecinos anhelan es llegar a una Asamblea de Propietarios a discutir temas propios de la propiedad horizontal y tomar decisiones.
Las Asambleas de Propietarios en una propiedad horizontal deben realizarse por lo menos una vez al año, las llamadas Asambleas de Propietarios Ordinaria en la cual se deben discutir temas específicos para el mantenimiento, administración y conservación de la propiedad horizontal, pero también se pueden reunir en Asambleas de Propietarios Extraordinaria, cuando así lo amerite por una necesidad de urgencia de la propiedad horizontal. Por todo lo antes expuesto es evidente la importancia de asistir a las Asambleas de Propietarios de su P.H., ya que es vital para lograr constituir el quorum de las asambleas y poder así discutir y tomar decisiones en beneficio de la propiedad horizontal. Recordemos que su inasistencia priva al resto de sus vecinos de escuchar sus opiniones y además empodera al resto de los asistentes a tomar decisiones por Usted que solo le queda cumplir lo acordado.
Mario Vargas
Me pueden o multar por no asistir ? Y en qué parte de la ley lo establece ?
En el día de ayer tuvimos problemas técnicos con los artículos le dejo el Link del artículo que menciona la legalidad de las multas por inasistencias https://www.phconsultingls.com/multas-por-inasistencia-a-asamblea-de-propietarios/
Agradecemos su comentario.